El Juzgado Mercantil número 8 de Madrid confirma que un adelanto superior a una hora en un vuelo equivale a una cancelación. En una sentencia, notificada recientemente a reclamador.es, el juez aplica la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2021 C-263/2020, alegando que un vuelo se entenderá cancelado cuando el transportista aéreo encargado de efectuarlo, lo adelante más de una hora y por lo tanto quedará sometido a las mismas consecuencias legales.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia de usuario. Asumo que estás de acuerdo con ello, pero tienes la opción de desactivarlas si lo deseas. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar