El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Mérida ha acordado no ratificar la Resolución de 3 de agosto de 2020 de la Junta de Extremadura por la que se establecen medidas preventivas adicionales de prohibición de reuniones y aglomeraciones de personas en la vía pública y en los espacios privados durante la situación de crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19.