La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara el derecho a que le sea reconocida la prestación de maternidad a una mujer que adoptó al hijo biológico de su cónyuge, aunque el padre ya disfrutó de prestación de maternidad y existió convivencia familiar desde el nacimiento, acaecido a través de ‘gestación subrogada’.

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