La Sala Primera del Tribunal Constitucional, en sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Carlos Campo Moreno, ha rechazado por unanimidad el recurso de amparo formulado por el progenitor de un menor nacido en 2016, en el que cuestionaba las decisiones judiciales que resolvieron el desacuerdo parental sobre la formación moral y religiosa de su hijo común. El Tribunal ha considerado que estas decisiones fueron proporcionadas y respetuosas con la libertad religiosa del padre, la del hijo menor y con su interés superior.

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