La presente norma, con vigencia desde 27 de junio de 2020, prorroga los ERTEs fuerza mayor COVID-19 y regula el procedimiento para la transición a los ERTEs ETOP, previendo exoneraciones de cuotas tanto para los ERTEs ETOP como en caso de fuerza mayor total por rebrote. También mantiene las limitaciones a la tramitación de los ERTEs para las empresas y entidades que se encuentren en paraísos fiscales y la prohibición de despedir por causa del COVID-19 hasta 30 de septiembre de 2020. Asimismo mantiene las medidas para la protección de los trabajadores autónomos.

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