La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao que revocó una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad social que obligaba a una beneficiaria del ingreso mínimo vital (IMV) a devolver la prestación porque superaba el límite de ingresos permitido al serle computado como patrimonio diferenciado de su vivienda habitual un garaje y un trastero.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia de usuario. Asumo que estás de acuerdo con ello, pero tienes la opción de desactivarlas si lo deseas. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar