La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha anulado una indemnización de 3.000 euros a una mujer por las lesiones que presentó tras una detención policial y ha establecido en una sentencia que las decisiones del Comité contra la Tortura de Naciones Unidas no pueden considerarse que vinculan a la Administración ni a los órganos jurisdiccionales españoles a los efectos de constituir prueba suficiente y bastante para declarar la procedencia de la responsabilidad patrimonial del Estado.