El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de amparo presentado por una mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, y confirmada por el Tribunal Supremo, por la falta de motivación en el cambio de orden de los apellidos de su hija. Así, ordena a la Audiencia de Madrid a dictar una nueva sentencia en la que se justifique el beneficio que puede suponer la alteración de los apellidos para la menor.