La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado de 21 años y 11 meses a 18 años y 5 meses de prisión la condena a un hombre por delitos de corrupción de menores, continuado de abuso sexual y elaboración de pornografía infantil, con la atenuante de reparación del daño, al aplicar las reglas del concurso de delitos y ser más favorable la nueva ley.