La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado un auto pionero en materia de Ley de Segunda Oportunidad o de fresh start, al denegar la exoneración del pasivo insatisfecho (perdón de la deuda) solicitada por una persona física pese a la inexistencia de masa activa y a la ausencia de oposición de los acreedores personados.

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