La Sentencia Schrems II, dictada por el TJUE el pasado 16 de julio, supone un cambio radical en el régimen de las transferencias internacionales de datos personales. Las Autoridades de Protección de Datos, los responsables y los encargados de tratamiento de datos deberán adaptarse a una nueva situación que requiere nuevas soluciones para no colapsar el constante flujo internacional de datos personales, esencial en el actual modelo económico, pero que ha de respetar el derecho a la protección de datos.