La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Región de Murcia (TSJMU) ha estimado el recurso presentado por una sociedad mercantil y ha anulado una diligencia de embargo de cuentas por importe de 91.706 euros, al apreciar indefensión derivada de la falta de aviso previo en la notificación electrónica de la providencia de apremio.

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