El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma que una norma nacional que permite el despido de un trabajador tras superar 180 días de baja por enfermedad no vulnera la Directiva 2000/78/CE, siempre que se garantice el principio de igualdad y el empresario adopte los ajustes razonables previstos para personas con discapacidad.

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