El Tribunal Económico-Administrativo Central establece un criterio vinculante según el cual la exención por reinversión en vivienda habitual debe calificarse como un derecho y no como una opción tributaria, incluso en ausencia de deducción por inversión en vivienda habitual. Esta interpretación permite ejercitarlo fuera del período de declaración, a través de la rectificación de autoliquidación.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia de usuario. Asumo que estás de acuerdo con ello, pero tienes la opción de desactivarlas si lo deseas. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar