El Pleno de la Sala Primera ha estimado el recurso de casación interpuesto por un medio de comunicación contra la sentencia que había apreciado la vulneración del derecho a la propia imagen de una persona por la proyección en tres programas de televisión de unas fotografías suyas, obtenidas de la plataforma YouTube, y que fueron empleadas en la información sobre una operación contra el narcotráfico en Mallorca, en la que el demandante se encontraba implicado y por la que fue detenido.

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