La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo, ha establecido criterios sobre el plazo de que dispone la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para recalcular sus multas en el caso de que hayan sido anuladas previamente por los tribunales únicamente en lo que se refiere a la cuantía de las mismas.