La Comisión Permanente aprueba una instrucción que contempla dos escenarios, uno general y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación del coronavirus COVID-19. En el escenario 2, los jueces podrán suspender actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias, lo que precisará de previa autorización del presidente del TSJ o de la Audiencia Nacional y de ratificación posterior por el Consejo.